Porúltimo, se adoptan una serie de medidas para traspasar a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social la gestión de la prestación extraordinaria de cese de actividad contemplada en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Elpresente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos económicos desde el día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018. Dado en Madrid, el 20 de julio de 2018. FELIPE R.
Alpersonal incluido en el artículo 24.Tres de la Ley 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2012, se le aplicará igualmente lo previsto en el artículo 2 del presente Real Decreto-ley, procediéndose a la supresión de la paga extraordinaria del mes de diciembre o, de no existir dicha paga extraordinaria, a la minoración de una catorceava parte de
ElReal Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género (BOE de 4 de agosto –en vigor el 5 de agosto–), modifica algunos preceptos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género, que no
esteartículo operada por el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de Medidas Urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género. Por tanto, también en este caso, la protección no se vincula a la necesidad de
LEY9/2018, de 24 de abril, de la Generalitat, de modificación de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el estatuto de las personas con discapacidad. Fruto de tal labor, se publicó en el BOE de 3 de diciembre de 2013, el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, Semodifican los apartados 2 y 4 por la disposición final 3.10 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17340. Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única del citado Real Decreto-ley. Se modifica por el art. único.12 de la Ley 9/2018, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-16674 LBiXc31.
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